sábado, 26 de septiembre de 2009
viernes, 25 de septiembre de 2009
jueves, 24 de septiembre de 2009
miércoles, 23 de septiembre de 2009
Sintesis del Proyecto
- Declarar el estado de Emergencia del sistema de protección a la niñez.
- Reducir el plazo durante el cual, si los progenitores no toman contacto con el/la niño/a, se pierde la patria potestad.
- Política de desinstitucionalización, para ello es que se considera conveniente registrar pormenorizadamente a nivel nacional, los institutos y hogares (además de los menores en riesgo o dados en adopción); determinar concretamente los directores, cantidad de menores alojados, identidad y tiempo de permanencia de los mismos, juzgados intervinientes, actuaciones de la justicia con cada menor, relación del menor con su familia, y toda otra circunstancia trascendente dándole un lugar de jerarquía a la adopción como alternativa real.
Somos un grupo de padres y madres adoptivos y futuros adoptantes de la Argentina y otros países, surgió en todos los integrantes la necesidad de trascender a la sociedad a través de una acción concreta.
Así, elaboramos un proyecto de reforma de la legislación referida a los menores. Especialmente en lo que hace a situaciones de emergencia y el cumplimiento de la declaración internacional de los derechos del niño.
Sabemos de la necesidad de muchas personas de ser padres o madres, pero creemos que más importante aún es el derecho de los chicos a crecer dentro de una familia, recibir educación, alimento, vestimenta y gozar de una vivienda digna.
Los hogares de tránsito, las familias sustitutas y las instituciones públicas, tienen serias limitaciones porque en esos sistemas los niños subsisten sin el vínculo de afecto que les permite crecer espiritualmente, ser amados. Muchas veces estos bienes tan preciados están ausentes en las familias biológicas.
Es obligación de toda la sociedad evitar que una parte de ella crezca en el desamparo.
Desde ya necesitamos de su ayuda.
Sólo con la lectura del proyecto y su adhesión lograremos que el congreso nacional asuma la responsabilidad institucional que le cabe. La constitución nacional obliga a las autoridades a contemplar los proyectos de ley presentados por los ciudadanos. Pongamos manos a la obra y hagamos que el gobierno también trabaje. Para leer el proyecto ingrese a cdpadres.blogspot.com.
Si desea sumarse a esta iniciativa, por favor, envíe un e-mail a cdpadresrosario@gmail.com escribiendo "solicito planilla" como "Asunto" y le enviaremos todo lo que necesita tener y saber para juntar las firmas y hacérnoslas llegar.
sábado, 19 de septiembre de 2009
¡Al Congreso! PROYECTO DE LEY
(Por Julio Eduardo Caro Cuevas - Abogado)
La enunciación de los derechos del niño no debe quedar en una declamación, son beneficios plenamente operativos, y como tal ha sido receptado doctrinaria y jurisprudencialmente. Sin embargo, el deficiente accionar de las políticas públicas en lo que a información, prevención y asistencia de los más necesitados se refiere, y la morosidad del sistema judiciales en la temática de menores en riesgo o institucionalizados, conspiran contra la efectiva realización de los máximos postulados de la convención citada. Por ello parece sensato declarar un estado de emergencia.-
Con atribuciones propias de esta situación previa (emergencia), el Estado puede movilizar todos los recursos disponibles, coordinarlos y evitar que se superpongan tareas.-
Es de notar que no existe un Registro en el cual estén asentados los datos de las instituciones y de los menores en riesgo o puestos en adopción, con lo cual, el Registro Único de Adoptantes no encuentra su complemento, y los pretensos padres adoptivos -cualquiera sea su jurisdicción- recorren innumerables juzgados y establecimientos, los diferentes Registros Provinciales, o procuran obtener información por cualquier medio sobre padres que, en cualquier lugar de la patria, pretenden entregar a sus hijos en adopción, para llegar en escasísimos casos a una entrega directa (y por supuesto, recibir en esa búsqueda oscuros ofrecimientos). Se dilapidan energías y valioso tiempo, que podrían estar dirigidos a llenar el vacío de quien los está requiriendo con urgencia. El Estado no puede ausentarse -con el pretexto de reputarlas facultades delegadas- de coordinar el complejo funcionamiento de veinticuatro registros, centenares de hogares de tránsito, y miles de niños en cada provincia, que carecen de lo indispensable para su formación como persona: el amor familiar. Porque la realidad, es que el sentimiento movilizador de los pretensos padres adoptivos, y las necesidades insatisfechas de los menores, no reconocen jurisdicciones. Y como se tiene reconocido por los especialistas en la temática de la niñez, los menores tienen que vivir en familias, ya sean biológicas, adoptivas o de guarda, pero en familias, no en institutos.-
Así, es necesario plasmar sistemas de amparo de menores que no sean los establecimientos colectivos. Esta antigua concepción de institucionalizar a los menores en situación de abandono familiar o con problemas de conducta resultó para éstos en los hechos, un sistema con severas consecuencias físicas y psíquicas -éstas generalmente permanentes-. Si bien cuando un niño ingresa a una institución significa que tanto el Estado como la sociedad han llegado tarde, la falta de operatividad de los procesos de desinstitucionalización implica que es el Estado quien está privando a los menores de una segunda oportunidad. Por consiguiente es un mecanismo que debe ser eliminado en el menor tiempo posible. Y se debe legislar en pro de ello.-
En base a ese pensamiento, la propuesta de iniciativa popular contiene dos ejes por un lado, la posibilidad de reformar el código civil y tipificar con más precisión el estado de abandono de un menor. Por otra parte, vigorizar el sistema de recepción de los menores en riesgo por parte de familias de tránsito y familias aspirantes a la adopción.-
Con relación al primer punto, vemos que no existe una ley que tipifique el estado de abandono de un menor: todo queda librado a la interpretación del juez de turno; parece oportuno entonces enunciar circunstancias fácticas, las cuales -una vez comprobadas- acoten la discrecionalidad del magistrado. Ello, si bien no modifica la pauta interpretativa que deja en manos del juez la evaluación de las circunstancias familiares, sociales y personales del menor que permiten tener por acreditado el abandono, provoca que ante la existencia de las gravosas situaciones enunciadas expresamente -y que peticionamos sean agregadas in fine al art 307 del Código Civil-, el magistrado deba imperativamente declarar el estado de abandono del menor. Así, se obtendría más rápidamente la tutela estatal necesaria. Ello, como punto de partida para el segundo de los postulados, para el caso, la vigorización de los procesos de recepción de los menores por parte de familias de tránsito y familias aspirantes a la adopción.-
En pro de ello -como ut supra se dijo-. es que se considera conveniente registrar pormenorizadamente a nivel nacional, los institutos y hogares (además de los menores en riesgo o dados en adopción); determinar concretamente los directores, cantidad de menores alojados, identidad y tiempo de permanencia de los mismos, juzgados intervinientes, actuaciones de la justicia con cada menor, relación del menor con su familia, y toda otra circunstancia trascendente..Todos estos elementos son determinantes a fin de acreditar circunstancias que permitan abreviar los procesos de desinstitucionalización. En grado especial, reviste urgencia el acortamiento del plazo durante el cual los menores institucionalizados no han tenido vínculo afectivo con su familia por desinterés de ésta. Si bien el Estado debe promover políticas de apoyo a la permanencia de los menores con su familia biológica -pues la inxistencia de sustento material no puede ser óbice para privar de la patria potestad a los padres-, ello en modo alguno puede plasmarse en la necesariedad de acreditar una vulneración de la integridad física y psíquica de los menores durante el plazo legal de un año a quienes requieren urgente tutela (plazo que reputamos de por sí excesivo, sin desconocer que ese año en los hechos, se multiplica generalmente por varios más a raíz de la ineficiencia estatal). El Art. 3 de la Convención es claro: el interés superior es el del niño.-
Se deja sentado, por fin, el origen de los fondos de este programa y se requiere la urgente reunión bicameral para reformular la legislación referida a la protección de la niñez y los menores en riesgo, así como el destino de los recursos humanos y materiales, una vez desactivadas las instituciones.-
“Art. 307. El padre o madre quedan privados de la patria potestad:
JORNADA INSTITUCIONALIZACION & ADOPCION - 23 DE JUNIO 2012
9,30hs Exhibición del Documental “Los niños invisibles” del Director Mario Ezequiel Levitt
10,00hs Panel - Consecuencias de la Institucionalización prolongada Experiencias y testimonios
Expositores - Mario Ezequiel L...evitt, Director y Productor de Cine
- Ana María Dubanewicz, escritora y autora de “Internación de Menores como privación de Libertad”
- Angeles Facchini - Hija adoptiva y testigo de la institucionalizacion
- Laura Borghi - Presidenta de la Comisión de Damas del Hogar del Huérfano
12,30hs Receso
13,30hs Panel - Diferentes visiones acerca de la adopción como la mejor alternativa cuando se agotan las instancias de revinculación
Expositores: - Marcelo Molina - Juez del Tribunal Colegiado de Familia Nº 5 de Rosario
- Cristian Allende - Subsec.de los Der. de la Niñez Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe
- Santiago Lemos - Director del Registro Unico de la Provincia de Santa Fe
15,00hs Coffee Break
15,45hs Panel - Una visión desde los profesionales acerca de la adopción
Expositores: - Mariana Storero - Psicóloga del Registro Unico de Pretensos Adoptantes de la provincia de Santa Fe
- Miriam Tomino - Psicóloga del Movimiento Familiar Cristiano de Rosario
17,00hs: Cierre de la Jornada
INFORMES Y PREINSCRIPCION
cdpadresrosario@gmail.com
https://www.facebook.com/#!/events/351069708291668/
Reunión con Santiago Lemos Dir del Reg.Unico Sta Fe - 31/1/2012
Queremos comunicarles a la gente de Rosario y prov.de Sta Fe que nos hemos reunido con los responsables del Registro Unico de
Saben que estan demorados ya que aparte de las vacaciones, ferias y demas, tienen poco personal, poseen un solo equipo de profesionales y actualmente están gestionando la posibilidad de generar un equipo de trabajo aquí en nuestra ciudad. Eso agilizaría mucho la realización de las mismas. Están trabajando en la selección del mismo, y el equipo esta trabajando tambien en las vinculaciones, seguimientos, acompañamientos,etc, junto con
A raíz de nuestra consulta de cómo se están manejando con tan pocas carpetas finalizadas cuando surge una posibilidad de adopción, nos manifestaron que la selección de los postulantes no es condicionada por la terminación o no de las carpetas sino por los siguientes factores o filtros:
ANTE UN OFICIO A RESPONDER (o sea los casos que la secretaría presenta antes los jueces y ellos envían al Registro) :
* Los primeros factores son la circunscripcion y la disponibilidad adoptiva. Tienen un sistema que inmediatamente descarta a aquellos que no hayan elegido en ese rango de edad, aun asi se manejan de manera elástica.
* fecha de inscripción (recuerden que se respeta a aquellos anotados previamente a la creación del registro y que hayan presentado la documentación en la fecha solicitada)
NO IMPORTA SINO ESTAN HECHAS LAS ENTREVISTAS, la selección se hace de acuerdo a la disponibilidad adoptiva que se reduce mucho en los niños mas grandecitos, y en esos casos se citan a los postulantes de manera inmediata.
Es el juez el que decide entre todos esos seleccionados del sistema.
Se comprometieron a enviarnos las estadísticas de disponibilidad adoptiva. La idea es seguir haciendo campaña de sensibilización acerca de la adopción de niños mayores.
Tienen la perspectiva de trabajar tambien con el ministerio de salud, unir las partes que tendrian que estar unidas trabajando hace rato.
Desde ya queremos destacar la amabilidad con que la gente del Registro, con Santiago Lemos a la cabeza, quienes escuchan y debaten nuestras inquietudes, asi como también remarcar el conocimiento que tienen acerca de cada caso en los que han intervenido en los cuales se nota el compromiso que han tomado. Desafortunadamente como en todos los sectores la falta de recursos condiciona los tiempos.
Lamentablemente, el Registro no es el que decide acerca de la adoptabilidad de los niños. es en la instancia previa, en las medidas excepcionales que no se toman, en los períodos que se vencen, en las revinculaciones forzadas, en una concepción biologicista a ultranza que ha tenido durante años
Pensamos que tenemos que seguir generando instancias de diálogo y de reclamo para que nuestra voz llegue a los sectores más altos quienes son los que tiene el mayor poder de decisión. Hemos pedido una reunion (de forma informal) con el nuevo director de
Necesitamos sumar voces a las nuestras, que se sumen a nuestros reclamos, porque seguimos pensando que solo movilizandonos, haciendo notar nuestra presencia, tendrán que entender nuestra lucha.
Nuestro mayor objetivo tiene que ser que las autoridades nos entiendan como la mejor opción para un niño al que se le han agotado todas las posibilidades de revinculación con su familia de origen, y no el último recurso como muchos nos califican. Y que el año y medio no sea el plazo maximo sino el minimo.
gracias a todos por apoyarnos y seguirnos.
https://www.facebook.com/messages/1071223302#!/groups/115429108467207/permalink/363361657007283/
05/12/2011 Encuentro Nacional "Voces y protagonistas de la Adopción hoy"
1º Actividad de www.serfamiliaporadopcion.org
Durante el mismo se exhibió el documental "Los chicos invisibles" del realizador Mario E. Levit, pudiéndose ver los tres micros del mismo entrando aquí o aquí.
Se continuó luego con una mesa de reflexión sobre el documental proyectado. De la misma participaron
- Luciano Fasani - 20 años, fue niño institucionalizado
- Lic. Lidia Abraham de Cúneo - Lic. en Psicología (UBA), Co- coordinadora del Equipo Interdisciplinario de Adopción del Comité de Salud Mental y Flia. de
- Mario Levit - Director/Productor, Cruz del Sur CINE
- Dra. Rosa Cabral - Abogada Especialista en Infancia
Asociación Neuquina Padres Adoptantes (Neuquén)
Familias Adoptivas y Aspirantes a
Asociación Adoptar
Lazos Firmat (Firmat-Santa Fe)
Servicio de Adopción-Secretariado para
M.A.M.A. (Bahía Blanca-Bs.As.)
Grupo de Padres con Fines de Adopción-(Laboulaye Córdoba)
Grupo de Padres Adoptivos y Futuros Adoptantes (Rosario-Sta Fe)
Servicio de Apoyo a
U.P.A. Unidos por Adopción (San Nicolás-Bs.As.)
Invitado especial del país hermano: Adopción en Uruguay (Uruguay)
www.serfamiliaporadopcion.org
Fecha: lunes 5 de diciembre de 2011
Lugar: Fundación Margulies, Av. Del Libertador 4681, Las Cañitas, al lado del Hipódromo de Palermo, CiudadActividad no arancelada. Dirigida a toda la comunidad