NOTAS PERIODISTICAS 2011
INFORMACION MUY IMPORTANTE A LOS INSCRIPTOS EN SANTA FE HASTA JUNIO 2010
miércoles 6 de octubre de 2010
martes 5 de octubre de 2010
Programa OTROS OJOS - Adopción- 1era Parte
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lunes 16 de agosto de 2010
Una nueva Opcion de Contacto
Recientemente hemos incorporado para agilizar nuestras formas de comunicacion al Correo Electronico existente cdpadrerosario@gmail.com una Linea Telefonica para todos aquellos que quieran utilizar este medio y acercarse a nosotros.
El Numero es el Siguiente:
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sábado 15 de mayo de 2010
Jornada de Debate en Consejo de Rosario
En el Concejo se debatió sobre la adopción
11/05/10 17:51
La temática de la adopción, fundamentalmente a partir de los reclamos de quienes quieren adoptar, se discutió largamente este mediodía, y durante casi 3 horas en el recinto de sesiones del Concejo Municipal, en una actividad organizada por las comisiones de Gobierno y Cultura, Derechos Humanos y Salud y Acción Social, a partir de una iniciativa de la titular de la comisión de Gobierno, Daniela León, de la Unión Cívica Radical, ante un pedido del Grupo de Padres Adoptivos y Futuros Adoptantes de Rosario.
El encuentro del que participaron jueces de Familia y de Menores, legisladores locales y provinciales, funcionarios de la provincia y la Municipalidad, especialistas e integrantes de organizaciones no gubernamentales fue abierto por la vicepresidenta primera del Concejo, Norma López, quien presidió la reunión junto a las titulares de las comisiones de Gobierno, Daniela León y de Derechos Humanos, María Eugenia Bielsa, del Encuentro por Rosario; el presidente de la comisión de Salud, Gonzalo del Cerro, del bloque Convicción Radical “Arturo Illia” y la vicerpesidenta de la comisión de Derechos Humanos, Mariana Alonso, de la bancada Socialista.
Entre las numerosas cuestioones que se abordaron se analizó lo vinculado con el registro de adopción, sobre la tarea que realiza la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia y sobre la responsabilidad que les corresponde a los juzgados de Familia y de Menores, respecto al cual la jueza de Menores de la Primera Nominación, María del Carmen Musa, sostuvo que “hemos perdido toda competencia civil” y aclaró que sólo les quedan los registros de quienes quieren ser adoptantes. Por su parte la diputada provincial Lucrecia Aranda, del bloque Socialsta, anticipó que en la Legislatura provincial se trabaja para la creación de un registro único provincial para futuros adoptantes.
Tras la presentación que realizó la vicepresidenta primera del Concejo, Norma López; la edila León, consignó que la realización del encuentro surgió a partir de una reunión que mantuvo con el Grupo de Padres Adoptivos, “muy preocupados” por diversas cuestiones relacionadas con la ley nacional y con la hasta ese momento falta de reglamentación de la ley provincial, situación ésta que se dictó el pasado 30 de abril.
Carina, del Grupo de Padres Adoptivos, consideró que “generar este espacio es un tema pendiente” y planteó la intención respecto a que comenzara a estar “en la agenda pública”
Sostuvo que la organización no gubernamental que integra “por haber recorrido el camino de la adopción, descubrimos que miles de niños son privados de su derecho a vivir, crecer y desarrollarse en una familia” y precisó que “creemos que es imprescindible reflexionar sobre la responsabilidad que nos toca a cada uno de los adultos que conformamos esta sociedad, en garantizar los derechos del niño institucionalizado, instalando la reflexión y el debate”.
Tras reconocer la existencia de “excelentes leyes a favor de los niños” consideró que “la mayoría de las veces es muy difícil hacer que se cumplan”.
Manifestó igualmente que “si un niño ingresa teniendo meses o pocos años a una institución y llega allí a la adolescencia, algo está fallando, debemos analizar los procedimientos, detectar las fallas y esforzarnos al máximo para evitar que esto siga ocurriendo”.
Posteriormente formuló una serie de preguntas respecto al tema.
A continuación el juez Marcelo Molina, del Tribunal Colegiado de Familia Nº 5, recordó que a partir de la reforma de la legislación, la cuestión de la adopción “ya no depende” de la instancia judicial que sí efectúa “el control de legalidad de los actos” de la administración. Remarcó que “es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo provincial”.
Asimismo explicó el doctor Molina que “los jueces de Menores han perdido toda competencia”, para acotar que mantienen “los registros de adoptantes, casi pretorianos”.
Por su parte la directora provincial en la segunda circunscripción de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, Mónica Varetto, recordó que la ley nacional provincial Nº 12.967 rige desde hace un año y la reglamentación es del 30 de abril pasado.
Aludió que la vieja normativa, conocida como la ley del patronato, había regido durante 86 años y planteó que “se trabaja para instrumentar otra institucionalidad”. En el mismo sentido sostuvo que la actual legislación es “una nueva forma de mirar a la infancia”.
En tanto la asesora legal de la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, de la provincia, Judith Galletti, hizo referencia a los plazos legales en el proceso de adopción.
Por su parte la jueza de Menores, María del Carmen Musa, reiteró que “hemos perdido toda competencia civil” y destacó que “conservamos el registro de aspirantes”, respecto al cual dijo que circula por los diferentes juzgados de Menores, de acuerdo al turno de actuación de los magistrados. De cualquier manera remarcó que tal registro no es obligatorio.
Dijo que en lo que va del 2010 en el registro hay 48 anotados que pretenden adoptar y consignó que al presente se tramitaban legajos de personas inscriptas en el 2006.
Por su parte el especialista Marcelo Longo, de la Casa de la Niña de Cañada de Gómez, destacó la actitud “digna de todo encomio” de quienes han adoptado y de los que pretenden hacerlo.
Iguamente indicó que “no todos” los menores que se encuentran institucionalizados estan en condiciones de ser adoptados.
Mariana, integrante también del Grupo de Padres Adoptivos, al plantear su reclamo respecto a la necesidad de un registro, dijo que “no es fácil la entrega directa” y preguntó “quién avisa” si no existiera un registro.
La jueza Musa, recordó que es el Código Civil el que determina la posibilidad de la entrega directa y que en tal caso “habría que modificar” al normativa. Al considerar que ello era un tema para debatir en otra instancia, la edila María Eugenia Bielsa, reivindicó la tarea del Concejo, como ámbito de discusión de cualquier tema que le interesa a los ciudadanos y resaltó la tarea del cuerpo como “ámbito de sensibilización”.
Ante ello la jueza de Menores, celebró la realización del encuentro, en un ámbito no académico y para colocar el tema en la agenda.
Por su parte la edila Daniela León anticipó que una declaración sobre lo planteado en la reunón será tratado por el Concejo el próximo jueves y remitido a la Legislatura provincial y al Congreso de la Nación. La concejala León igualmente dejó planteada la preguna respecto si el registro de adopción deberá funcionar en el ámbito de la justicia o del Ejecutivo provincial.
También el concejal Jorge Boasso, de Intransigencia y Renovación Radical (IRR), consideró el Concejo “un ámbito adecuado” para analizar el tema y formuló algunas consultas sobre la aplicación de la norma provincial.
Mientras que el edil Gonzalo del Cerro, destacó aspectos relacionados con cuestones relacionadas a aspectos científicos en el proceso de la adopción.
Intervinieron también entre otros el ex juez de Menores, Jorge Cartelle, y la subsecretaria de Acción Social de la Municipalidad, Andrea Travaini.
Cabe precisar que participaron también de la reunión los ediles Aldo Gómez, Clara García, Orlando Debiadi y Pablo Colono, del bloque Socialista; Diego Giuliano, de Rosario Federal; Alfredo Curi, del Partido del Progreso Social; Arturo Gandolla, del Frente para la Victoria; Oscar Greppi, de Coalición Cívica-ARI y Laura Bertotto de Weskamp, de Propuesta Republicana (PRO).
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domingo 21 de febrero de 2010
Por una Ley Nueva
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lunes 15 de febrero de 2010
"Garantizar los derechos del niño"
Acá escribís el resto del contenido que no se verá.
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LA ADOPCION EN ARGENTINA
La gente que conforma el Club de Padres Rosario nos ha hecho llegar este documento elaborado por ellos ante la necesidad de tomar medidas urgentes en el tema de adopción.
La dramática situación que se esta viviendo en Haití pone en evidencia el estado de abandono, precariedad, pobreza material y desamparo general de todo un pueblo. No es el terremoto el problema, eso ya lo sabemos. Contra la naturaleza nadie puedeLa naturaleza, además de avisarnos que sus leyes se cumplen inexorablemente, pone al desnudo una realidad espantosa: millones de seres humanos están permanentemente abandonados a su suerte. El sismo o el tsunami o el huracán solo nos lo recuerda crudamente.
Continua...
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sábado 28 de noviembre de 2009
Recolectaremos firmas para que nuestro Proyecto de Ley llegue al Congreso.
Te Necesitamos... SUMATE !!!
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20/11/2009 Diario La Capital
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sábado 26 de septiembre de 2009
Club de Padres a favor de los Derechos del niño
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LULA aligera trámites de adopción en Brasil
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jueves 24 de septiembre de 2009
Padres en "lista de espera" muestran proyecto para agilizar el sistema de adopción
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Larga espera: padres rosarinos piden una nueva ley de adopción
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martes 22 de septiembre de 2009
Sintesis del Proyecto
- Declarar el estado de Emergencia del sistema de protección a la niñez.
- Reducir el plazo durante el cual, si los progenitores no toman contacto con el/la niño/a, se pierde la patria potestad.
- Política de desinstitucionalización, para ello es que se considera conveniente registrar pormenorizadamente a nivel nacional, los institutos y hogares (además de los menores en riesgo o dados en adopción); determinar concretamente los directores, cantidad de menores alojados, identidad y tiempo de permanencia de los mismos, juzgados intervinientes, actuaciones de la justicia con cada menor, relación del menor con su familia, y toda otra circunstancia trascendente dándole un lugar de jerarquía a la adopción como alternativa real.
Somos un grupo de padres y madres adoptivos y futuros adoptantes de la Argentina y otros países, surgió en todos los integrantes la necesidad de trascender a la sociedad a través de una acción concreta.
Así, elaboramos un proyecto de reforma de la legislación referida a los menores. Especialmente en lo que hace a situaciones de emergencia y el cumplimiento de la declaración internacional de los derechos del niño.
Sabemos de la necesidad de muchas personas de ser padres o madres, pero creemos que más importante aún es el derecho de los chicos a crecer dentro de una familia, recibir educación, alimento, vestimenta y gozar de una vivienda digna.
Los hogares de tránsito, las familias sustitutas y las instituciones públicas, tienen serias limitaciones porque en esos sistemas los niños subsisten sin el vínculo de afecto que les permite crecer espiritualmente, ser amados. Muchas veces estos bienes tan preciados están ausentes en las familias biológicas.
Es obligación de toda la sociedad evitar que una parte de ella crezca en el desamparo.
Desde ya necesitamos de su ayuda.
Sólo con la lectura del proyecto y su adhesión lograremos que el congreso nacional asuma la responsabilidad institucional que le cabe. La constitución nacional obliga a las autoridades a contemplar los proyectos de ley presentados por los ciudadanos. Pongamos manos a la obra y hagamos que el gobierno también trabaje. Para leer el proyecto ingrese a cdpadres.blogspot.com.
Si desea sumarse a esta iniciativa, por favor, envíe un e-mail a cdpadresrosario@gmail.com escribiendo "solicito planilla" como "Asunto" y le enviaremos todo lo que necesita tener y saber para juntar las firmas y hacérnoslas llegar.
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viernes 18 de septiembre de 2009
¡Al Congreso! PROYECTO DE LEY
Este es nuestro proyecto de reforma de la legislación referida a los menores. Especialmente en lo que hace a situaciones de emergencia y el cumplimiento de la declaración internacional de los derechos del niño. Sabemos de la necesidad de muchas personas de ser padres o madres, pero creemos que más importante aún es el derecho de los chicos a crecer dentro de una familia, recibir educación, alimento, vestimenta y gozar de una vivienda digna. Los hogares de tránsito, las familias sustitutas y las instituciones públicas, tienen serias limitaciones porque en esos sistemas los niños subsisten sin el vínculo de afecto que les permite crecer espiritualmente, ser amados. Muchas veces estos bienes tan preciados están ausentes en las familias biológicas. Es obligación de toda la sociedad evitar que una parte de ella crezca en el desamparo. (Encontrará una síntesis abajo)
(Por Julio Eduardo Caro Cuevas - Abogado)
La enunciación de los derechos del niño no debe quedar en una declamación, son beneficios plenamente operativos, y como tal ha sido receptado doctrinaria y jurisprudencialmente. Sin embargo, el deficiente accionar de las políticas públicas en lo que a información, prevención y asistencia de los más necesitados se refiere, y la morosidad del sistema judiciales en la temática de menores en riesgo o institucionalizados, conspiran contra la efectiva realización de los máximos postulados de la convención citada. Por ello parece sensato declarar un estado de emergencia.-
Con atribuciones propias de esta situación previa (emergencia), el Estado puede movilizar todos los recursos disponibles, coordinarlos y evitar que se superpongan tareas.-
Es de notar que no existe un Registro en el cual estén asentados los datos de las instituciones y de los menores en riesgo o puestos en adopción, con lo cual, el Registro Único de Adoptantes no encuentra su complemento, y los pretensos padres adoptivos -cualquiera sea su jurisdicción- recorren innumerables juzgados y establecimientos, los diferentes Registros Provinciales, o procuran obtener información por cualquier medio sobre padres que, en cualquier lugar de la patria, pretenden entregar a sus hijos en adopción, para llegar en escasísimos casos a una entrega directa (y por supuesto, recibir en esa búsqueda oscuros ofrecimientos). Se dilapidan energías y valioso tiempo, que podrían estar dirigidos a llenar el vacío de quien los está requiriendo con urgencia. El Estado no puede ausentarse -con el pretexto de reputarlas facultades delegadas- de coordinar el complejo funcionamiento de veinticuatro registros, centenares de hogares de tránsito, y miles de niños en cada provincia, que carecen de lo indispensable para su formación como persona: el amor familiar. Porque la realidad, es que el sentimiento movilizador de los pretensos padres adoptivos, y las necesidades insatisfechas de los menores, no reconocen jurisdicciones. Y como se tiene reconocido por los especialistas en la temática de la niñez, los menores tienen que vivir en familias, ya sean biológicas, adoptivas o de guarda, pero en familias, no en institutos.-
Así, es necesario plasmar sistemas de amparo de menores que no sean los establecimientos colectivos. Esta antigua concepción de institucionalizar a los menores en situación de abandono familiar o con problemas de conducta resultó para éstos en los hechos, un sistema con severas consecuencias físicas y psíquicas -éstas generalmente permanentes-. Si bien cuando un niño ingresa a una institución significa que tanto el Estado como la sociedad han llegado tarde, la falta de operatividad de los procesos de desinstitucionalización implica que es el Estado quien está privando a los menores de una segunda oportunidad. Por consiguiente es un mecanismo que debe ser eliminado en el menor tiempo posible. Y se debe legislar en pro de ello.-
En base a ese pensamiento, la propuesta de iniciativa popular contiene dos ejes por un lado, la posibilidad de reformar el código civil y tipificar con más precisión el estado de abandono de un menor. Por otra parte, vigorizar el sistema de recepción de los menores en riesgo por parte de familias de tránsito y familias aspirantes a la adopción.-
Con relación al primer punto, vemos que no existe una ley que tipifique el estado de abandono de un menor: todo queda librado a la interpretación del juez de turno; parece oportuno entonces enunciar circunstancias fácticas, las cuales -una vez comprobadas- acoten la discrecionalidad del magistrado. Ello, si bien no modifica la pauta interpretativa que deja en manos del juez la evaluación de las circunstancias familiares, sociales y personales del menor que permiten tener por acreditado el abandono, provoca que ante la existencia de las gravosas situaciones enunciadas expresamente -y que peticionamos sean agregadas in fine al art 307 del Código Civil-, el magistrado deba imperativamente declarar el estado de abandono del menor. Así, se obtendría más rápidamente la tutela estatal necesaria. Ello, como punto de partida para el segundo de los postulados, para el caso, la vigorización de los procesos de recepción de los menores por parte de familias de tránsito y familias aspirantes a la adopción.-
En pro de ello -como ut supra se dijo-. es que se considera conveniente registrar pormenorizadamente a nivel nacional, los institutos y hogares (además de los menores en riesgo o dados en adopción); determinar concretamente los directores, cantidad de menores alojados, identidad y tiempo de permanencia de los mismos, juzgados intervinientes, actuaciones de la justicia con cada menor, relación del menor con su familia, y toda otra circunstancia trascendente..Todos estos elementos son determinantes a fin de acreditar circunstancias que permitan abreviar los procesos de desinstitucionalización. En grado especial, reviste urgencia el acortamiento del plazo durante el cual los menores institucionalizados no han tenido vínculo afectivo con su familia por desinterés de ésta. Si bien el Estado debe promover políticas de apoyo a la permanencia de los menores con su familia biológica -pues la inxistencia de sustento material no puede ser óbice para privar de la patria potestad a los padres-, ello en modo alguno puede plasmarse en la necesariedad de acreditar una vulneración de la integridad física y psíquica de los menores durante el plazo legal de un año a quienes requieren urgente tutela (plazo que reputamos de por sí excesivo, sin desconocer que ese año en los hechos, se multiplica generalmente por varios más a raíz de la ineficiencia estatal). El Art. 3 de la Convención es claro: el interés superior es el del niño.-
Se deja sentado, por fin, el origen de los fondos de este programa y se requiere la urgente reunión bicameral para reformular la legislación referida a la protección de la niñez y los menores en riesgo, así como el destino de los recursos humanos y materiales, una vez desactivadas las instituciones.-
“Art. 307. El padre o madre quedan privados de la patria potestad:
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